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Colombia: una oportunidad histórica para que la justicia se materialice

Casi un año después de una sentencia histórica, cientos de víctimas del conflicto armado del Consejo Comunitario Esfuerzo Pescador esperan que la justicia se haga tangible. El Consejo Noruego para Refugiados (NRC) hace un llamado para que los valiosos esfuerzos realizados por la Agencia Nacional de Tierras en el 2025 se materialicen en la entrega definitiva del título colectivo.
Comunicado de prensa
Publicado 28. Ene 2026

“La falta de titulación de las tierras en el Consejo Comunitario Esfuerzo Pescador ha sido una barrera que ha perpetuado la vulnerabilidad de cientos de familias que han sido afectadas por el conflicto armado en el país”. Dijo Giovanni Rizzo, director de país de NRC. “Si se entrega este título, la comunidad podrá ejercer su autonomía territorial y garantizar su permanencia; sin esta entrega, el tejido social se fragmenta y las prácticas tradicionales de pesca o agricultura seguirán estando a merced del despojo y de quienes quieran hacer daño en su territorio”. 

Luego de más de 20 años de espera, la Sentencia T-105 -del 25 de marzo del año 2025- garantizó el derecho a la propiedad colectiva del Consejo Comunitario Esfuerzo Pescador sobre sus tierras ancestrales, incluso aquellas ubicadas en zonas de manglar y bajamar que antes de la sentencia eran inadjudicables. Este pronunciamiento de la Corte Constitucional se constituyó como un precedente histórico al consolidar avances jurídicos para la protección de los territorios étnicos en el país. 

“Según nuestros ancestros tenemos más de 150 años viviendo en este territorio y hoy nuestra esperanza es que el Estado materialice nuestros derechos”. Dijo Carmelo un habitante de la Comunidad del Consejo Comunitario Esfuerzo Pescador.  

La Sentencia también marca un hito en la protección de los derechos territoriales de las comunidades negras, raizales y palenqueras al reconocer la titulación colectiva de tierras en manglares y zonas de bajamar, superando barreras jurídicas históricas.  

En la Sentencia, la Corte Constitucional afirmó que los territorios étnicos pueden coexistir con bienes de uso público y ecosistemas estratégicos, siempre que se garantice su manejo y conservación ambiental, y exhortó al Congreso de la República a reformar la Ley 70 de 1993 para eliminar la restricción que impide incluir bienes de uso público dentro de los títulos colectivos. 

Por esa razón, NRC también hace un llamado al Congreso de la República para avanzar de manera rápida y concertada en esta reforma a la Ley 70. 

“Con la implementación de esta Sentencia, esperamos que el Estado no solo acate un mandato judicial, sino que establezca un precedente fundamental para la estabilidad y la protección de las comunidades afrocolombianas, negras, raizales y palenqueras,” dijo Giovanni Rizzo, director de país de NRC en Colombia. 

Notas para editores:

  • Con la Sentencia T-105 de 2025, la Corte Constitucional reconoce el derecho de las comunidades afrocolombianas, negras, raizales y palenqueras a titular colectivamente tierras en manglares y bajamar. La Sentencia refuerza la idea de que los territorios étnicos y los bienes comunes pueden coexistir para el bien de la naturaleza y las comunidades étnicas. 
  • La Corte ordenó a la Agencia Nacional de Tierras que, dentro de los seis meses siguientes a la notificación de dicha providencia, concluya el procedimiento de titulación de tierras y decida de fondo la solicitud presentada por el pueblo Esfuerzo Pescador, conforme a las directrices expuestas en los fundamentos 281 a 286 de la decisión. Este plazo ya se cumplió. 
  • La Corte Constitucional en la sentencia T-105 del 2025 reitera que no existe impedimento constitucional ni legal para incluir las áreas de bosque de manglar en el territorio reconocido como de propiedad colectiva, siempre que se establezcan planes de manejo, conservación y protección ambiental que garanticen un uso sostenible y responsable del territorio. 
  • De igual manera, la Corte Constitucional exhortó al Congreso de la República para que, en conjunto con el Gobierno nacional y los pueblos afrodescendientes, actualice la regulación de las áreas de bajamar, calificadas como bienes de uso público, en relación con el régimen de propiedad colectiva establecido en la Ley 70 de 1993
  • La Constitución de 1991 y la posterior expedición de la Ley 70 de 1993 reconoció el derecho a la propiedad colectiva, lo que generó una nueva realidad jurídica que debe ser armonizada con la normatividad vigente en materia de bienes de uso público, en particular respecto a las zonas de bajamar y realidad de las comunidades que han habitado los territorios desde antes de 1991. 
  • Para más información de la Sentencia T-105 y sus órdenes ingrese a este artículo web. 
  • El Consejo Noruego para Refugiados ha acompañado al Consejo Comunitario Esfuerzo Pescador desde el año 2019 brindando información, orientación y asistencia legal a las comunidades ´étnicas para el acceso sus derechos territoriales, especialmente sobre el uso, goce y tenencia de la tierra. 

Notas para editores:

  • Línea global de atención a medios del NRC: media@nrc.no | +47 905 62 329 
  • Ana Milena Ayala Sánchez, oficial de incidencia y comunicaciones en Colombia: ana.ayala@nrc.no | +57 323 274 6021